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Operaciones Vinculadas 2018: Modelo 232

Operaciones Vinculadas 2018: Modelo 232

Una vez transcurrido la campaña del 3º trimestre, se nos presenta una nueva obligación con la Administración tributaria, la denominada declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionas con países o territorios calificados como paraísos fiscales.

Están obligados a realizar la presentación de este modelo 232 aquellos contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residente que actúen mediante establecimientos permanente, así como las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el territorio español, que realicen aquellas operaciones tipificadas como vinculadas según la ley del Impuesto sobre Sociedades.

Algunas de las operaciones que deben de ser incluidas en este modelo son:

1) Operaciones realizadas con la misma persona o entidad vinculada siempre que el importe de la contraprestación del conjunto de operaciones en el periodo impositivo supere los 250.000 euros.

2) Operaciones específicas, siempre que el importe conjunto de cada una de estas operaciones en el periodo impositivo supere los 100.000 euros.

3) Las personas o entidades vinculadas que realicen operaciones que sean del mismo tipo y valoración, siempre que el importe conjunto de cada uno de este tipo de operaciones supere los 100.000 euros.

4) Los contribuyentes que realicen operaciones o tengan valores en países o territorios calificados como paraísos fiscales independientemente de su importe.

Por último, con independencia de la persona o entidad que se mantenga la relación comercial hay que informar de aquellas operaciones que tengan el mismo tipo y método de valoración y superen el 50% de tu cifra de negocio.

No obstante, no existe obligación de presentar la declaración informativa por este tipo de operaciones siempre y cuando sean realizadas por grupos de consolidación entre las sociedades que lo formen.

El plazo de presentación del modelo se realiza en el mes siguiente a los diez meses posteriores a la conclusión del periodo impositivo al que se refiera la información a suministrar, es decir, el mes de noviembre cuando la sociedad tenga su cierra a 31 de diciembre.

Por ello, si su Sociedad o usted cree estar en la obligación de tener que presentar la declaración informativa de Operaciones Vinculadas, modelo 232, ALCÁZAR podrá ayudarle en todo lo que necesite. No dude en consultarnos para cualquier aclaración adicional.

PUNTOS CLAVE

  • Fecha de presentación: Noviembre

  • Forma: telemática

  • Operaciones a declarar: Vinculadas o relacionadas con paraísos fiscales

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