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NUEVA CLASIFICACIÓN DE LOS ACTIVOS FINANCIEROS EN EL PGC: DESCRIPCIÓN DE LAS CATEGORÍAS

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NUEVA CLASIFICACIÓN DE LOS ACTIVOS FINANCIEROS EN EL PGC: DESCRIPCIÓN DE LAS CATEGORÍAS

El Real Decreto 1/2021, de 12 de enero, introduce una serie de modificaciones al Plan General de Contabilidad (PGC), al Plan General de Contabilidad de Pymes, a las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas y las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos. Las modificaciones expuestas en el Real Decreto son de aplicación para los ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 2021.

Dentro de las modificaciones en el PGC, se incluye la de la Norma de registro y valoración 9ª de Instrumentos Financieros.

El presente artículo trata de clarificar las novedades en cuanto a la clasificación de los activos financieros se refiere, dentro de la mencionada Norma de registro y valoración 9ª.

La norma incluye una nueva clasificación de los activos financieros, que reflejamos a continuación:

1. Activos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias.

2. Activos financieros a coste amortizado.

3. Activos financieros a valor razonable con cambios en el patrimonio neto.

4. Activos financieros a coste.

Por lo tanto, se reduce la clasificación respecto al PGC antes de la norma objeto de estudio (en adelante, PGC v.2016) de 6 categorías a 4.

A continuación, pasamos a describir, con carácter general y de forma resumida, cuales son los activos financieros que se incluyen en cada una de las nuevas categorías.

  1. Activos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias.

En esta categoría se incluyen todos los activos financieros que no se hayan incluido en el resto de categorías. También corresponderá a esta categoría la categoría del PGC v.2016 de activos financieros mantenidos para negociar.

Además, se podrá incluir en esta categoría, en su reconocimiento inicial y con carácter irrevocable, cualquier activo financiero siempre y cuando “haciéndolo se elimina o reduce significativamente una incoherencia de valoración o asimetría contable que surgiría en otro caso de la valoración de los activos o pasivos sobre bases diferentes.”

  • Activos financieros a coste amortizado.

Se incluirán los activos financieros en esta categoría “incluso cuando esté admitido a negociación en un mercado organizado, si la empresa mantiene la inversión con el objetivo de percibir los flujos de efectivo derivados de la ejecución del contrato, y las condiciones contractuales del activo financiero dan lugar, en fechas especificadas, a flujos de efectivo que son únicamente cobros de principal e intereses sobre el importe del principal pendiente.” Es decir, dentro de esta categoría se incluirán los activos clasificados, de acuerdo con el PGC v.2016, en Inversiones mantenidas hasta el vencimiento.

También corresponderán a este epígrafe el préstamo ordinario o común, “sin perjuicio de que la operación se acuerde a un tipo de interés cero o por debajo de mercado.”, los créditos por operaciones comerciales y por operaciones no comerciales. Por tanto, dentro de esta categoría se incluirán también los activos clasificados, de acuerdo con el PGC v.2016, en Préstamos y partidas a cobrar.

  • Activos financieros a valor razonable con cambios en el patrimonio neto.

Un activo financiero se incluirá en esta categoría cuando las condiciones contractuales del activo financiero dan lugar, en fechas especificadas, a flujos de efectivo que son únicamente cobros de principal e intereses sobre el importe del principal pendiente, y no corresponda incluirlos en las categorías anteriores.

También se podrán incluir en esta categoría, en el momento de su reconocimiento inicial y con carácter irrevocable, los instrumentos de patrimonio que no se mantengan para negociar ni deban valorarse al coste.

  • Activos financieros a coste.

En esta categoría se incluyen, entre otras, las inversiones en el patrimonio de empresas del grupo, multigrupo y asociadas. Por lo tanto, en esta categoría se incluirán los activos, clasificados de acuerdo con el PGC v.2016, en Inversiones en el patrimonio de empresas del grupo, multigrupo y asociadas.

También se incluyen “las restantes inversiones en instrumentos de patrimonio cuyo valor razonable no pueda determinarse por referencia a un precio cotizado en un mercado activo para un instrumento idéntico, o no pueda estimarse con fiabilidad, y los derivados que tengan como subyacente a estas inversiones”, los préstamos participativos cuyos intereses tengan carácter contingente o “cualquier otro activo financiero que inicialmente procediese clasificar en la cartera de valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias cuando no sea posible obtener una estimación fiable de su valor razonable”, entre otros.

En un próximo artículo, explicaremos los diferentes criterios de valoración para cada una de las categorías.

Autor: Departamento de Auditoria

Imagen sacada de: Foto de Negocios creado por Racool_studio – www.freepik.es

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