Tal y como adelantamos la semana pasada, hoy ha dado comienzo el plazo de presentación de la declaración de la renta del ejercicio de 2020 que se alargará hasta el próximo 30 de Junio; En nuestro anterior artículo puedes encontrar todas las novedades referentes a la declaración de este ejercicio.
No obstante, esta mañana se ha hecho pública la orden ministerial de Hacienda (HAC/320/2021), con la cual, se habilita la posibilidad para que todos aquellos trabajadores que han estado afectados por un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) y cuya declaración de la renta salga a ingresar puedan fraccionar el pago en seis meses sin intereses.
En concreto, este colectivo podrá dividir la cuota a pagar, tanto si la declaración es individual como si es en conjunta, en seis pagos que se abonarán el día 20 de cada mes, comenzando la misma el 20 de julio.
Como hemos comentado, las circunstancias para acceder a este fraccionamiento sin intereses tiene como principal requisito que el solicitante o algún miembro de la unidad familiar, en caso de tributación conjunta, haya estado afectado por un ERTE, pero de manera adicional se deben de cumplir los siguientes condicionantes:
- Que no exceda de 30.000 euros el importe en conjunto que se encuentre pendiente de pago por parte del solicitante a la Agencia Tributaria.
- La declaración se debe de presentar dentro del plazo voluntario.
Cumpliendo estos requisitos cualquier contribuyente estará en disposición de acceder a esta medida promovida por el ministerio de Hacienda con la que se pretende paliar las consecuencias de estos ERTEs motivados por la crisis económica generada por la COVID-19.
Desde Alcázar Abogados y Consultores, S.L. estamos a vuestra entera disposición para ayudaros a la realización de vuestra declaración de la renta o solventar cualquier tipo de duda al respecto.
Autor: Carlos Blanco Vera | Experto en fiscal
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