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Auditoria de Fundaciones y Asociaciones

Auditoria de Fundaciones y Asociaciones

AUDITORIA DE FUNDACIONES Y ASOCIACIONES

ADEMÁS DE LA AUDITORIA DE SOCIEDADES MERCANTILES, TAMBIÉN ES HABITUAL LA REALIZACIÓN DE AUDITORIAS DE FUNDACIONES Y ASOCIACIONES, YA SEA DE FORMA OBLIGATORIA POR LEY O VOLUNTARIA DE CARA A MEJORAR LA IMAGEN PÚBLICA

Según la normativa contable en vigor, las fundaciones y asociaciones deben cumplir el Plan General de Contabilidad de acuerdo con lo que indica el artículo 5 del Real Decreto 1491/2011.

Para facilitar su cumplimiento se desarrollaron las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y el modelo de plan de actuación de las entidades sin fines lucrativos aprobadas por el Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre, además del Plan de Contabilidad de pequeñas y medianas entidades sin fines lucrativos, aprobado por la Resolución de 26 de marzo de 2013 del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.

Las entidades sin fines lucrativos como otras entidades pueden ser auditadas y existen varios supuestos en los que dicha auditoría es obligatoria.

Auditoría Fundaciones Obligatoria

A)    Para todas las fundaciones de competencia estatal, existe obligación de auditar las Cuentas Anuales de una Fundación o Entidad no lucrativa análoga, si cumplen dos de los siguientes 3 requisitos durante dos ejercicios consecutivos (Ley 50/2002 de Fundaciones, artículo 25):

·         El total de las partidas del activo supera los 2.400.000 euros.

·         El importe neto de su volumen anual de ingresos por la actividad propia más, en su caso, el de la cifra de negocios de su actividad mercantil, es superior a 2.400.000 euros.

·         El número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio es superior a 50.

Las fundaciones de competencia autonómica, pueden tener otros límites establecidos en la ley de fundaciones de la Comunidad Autónoma de que se trate.

B)      También existe obligación de auditar, aquellas que durante un ejercicio social hubiesen recibido subvenciones o ayudas con cargo a los presupuestos de las Administraciones Públicas o a fondos de la Unión Europea, por un importe total acumulado superior a 600.000 euros.

O cuando durante un ejercicio económico se hubiesen realizado obras, gestión de servicios públicos, suministros, consultoría y asistencia y servicios a las Administraciones Públicas por el importe anterior y este importe suponga más del 50% de la cifra de negocios.

Auditoría Fundaciones Voluntaria

La auditoría voluntaria es aquella solicitada por la propia Fundación sin que la normativa se lo exija, rigiéndose por la misma normativa que las obligatorias.

Existen distintas razones por la que una fundación decida auditar sus cuentas de forma voluntaria, entre las más destacadas:

·         Como consecuencia de un contrato con terceros, administraciones públicas, entidades financieras u otros organismos.

·         Cuando los Patronos quieran justificar una correcta gestión

·         Reflejar una imagen de seriedad y calidad frente a terceros.

En ALCÁZAR contamos con un departamento de auditoría con una amplia experiencia en la realización de procesos de auditoría en Fundaciones y Asociaciones, por lo que si necesita auditar su fundación o asociación, contacte con nosotros

 

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