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REDUCCION DE CUOTAS DEL IAE POR CESE TEMPORAL DE LA ACTIVIDAD A CAUSA DEL ESTADO DE ALARMA

REDUCCION DE CUOTAS DEL IAE POR CESE TEMPORAL DE LA ACTIVIDAD A CAUSA DEL ESTADO DE ALARMA

Como ya anticipamos en un artículo anterior, varios Tribunales habían estimado la devolución de IAE correspondiente al ejercicio 2020 a entidades que se vieron afectadas en el ejercicio de su actividad por las limitaciones derivadas de la pandemia.

Recientemente, ha sido el Tribunal Económico-Administrativo Central, el que ha reconocido el derecho a la devolución proporcional de la cuota de IAE por la paralización total de la actividad por el COVID.

La entidad reclamante se encontraba dada de alta en el epígrafe 969.4 Máquinas recreativas y de azar de las Tarifas del Impuesto Sobre Actividades Económicas, tributando por cuota nacional e interpuso Reclamación Económico-Administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Central y alegaba que la paralización de la actividad económica como consecuencia de la pandemia ocasionada por el COVID, le había ocasionado la imposibilidad del desarrollo de su actividad, y por tanto, no se había producido el hecho imponible del Impuesto.

Sostiene el Tribunal en su Resolución que en el presente supuesto se ha producido el hecho imponible del Impuesto puesto que la interesada ha ejercido su actividad a lo largo del ejercicio 2020, independientemente de que durante los días en que estuvo en vigor el estado de alarma no la pudiera ejercer y con independencia de que no obtuviera ingresos por dicha actividad en ese periodo.

No obstante, reconoce que de no adecuarse la tributación por IAE a las circunstancias excepcionales que produjo el COVID, se estarían vulnerando los principios de capacidad económica y no confiscatoriedad, y por ello considera que debe realizarse una reducción proporcional de la cuota de IAE por la paralización de la actividad a pesar de no existir en la norma una regulación expresa al respecto. Exclusivamente en los casos en los que se demuestre que existió inactividad total se podrá reconocer el derecho a obtener la reducción proporcional de la cuota de IAE del ejercicio 2020, por lo que desde Grupo Alcázar quedamos a su disposición para realizar el análisis correspondiente y ayudarle a recuperar parte del Impuesto satisfecho durante la pandemia.

Foto de contabilidad creado por katemangostar – www.freepik.es

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