El periodo de preaviso legal se refiere al tiempo de antelación con el que la empresa o el trabajador, deben avisar sobre un cambio en alguna cláusula o condición del contrato laboral.
El preaviso se utiliza para situaciones como el despido del trabajador por parte de la empresa o el disfrute de un permiso o excedencia por parte del trabajador.
Estaríamos ante dos tipos de preaviso empresarial:
-Obligatorio: es el que se establece por ley o por Convenio Colectivo de aplicación en cada sector.
-Voluntario: es aquel que nace del acuerdo pactado entre empresa y trabajador y que debe establecerse y reflejarse en el contrato inicial.
Pero, ¿Por qué es importante cumplir con el periodo de preaviso?
Para el entramado empresarial, los preavisos por bajas voluntarias, excedencias o permisos del trabajador facilitan que la empresa tenga tiempo para realizar una reorganización del trabajo, ya que permiten iniciar un proceso de selección para contratar a un nuevo empleado.
Por otro lado, permiten a la empresa descontar al empleado los días de incumplimiento del preaviso en caso de que este cause baja voluntaria en la empresa.
Los preavisos a cumplir por la empresa los reagrupamos en el siguiente listado;
- Preaviso de la empresa en los casos de distribución irregular de la jornada
Mediante convenio colectivo o, en su defecto, por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, se podrá establecer la distribución irregular de la jornada a lo largo del año. En defecto de pacto, la empresa podrá distribuir de manera irregular a lo largo del año el diez por ciento de la jornada de trabajo.
Dicha distribución deberá respetar en todo caso los periodos mínimos de descanso diario y semanal previstos en la ley y el trabajador deberá conocer con un preaviso mínimo de cinco días el día y la hora de la prestación de trabajo resultante de aquella.
- Preavisos en casos de extinción del contrato de trabajo
Si un contrato de trabajo de duración determinada es superior a un año, la parte del contrato que formule la denuncia está obligada a notificar a la otra la terminación del mismo con una antelación mínima de quince días, a menos que los Convenios Colectivos amplíen esa franja.
En el caso de que la extinción se produzca por dimisión del trabajador, debe mediar el preaviso que señalen los convenios colectivos o la costumbre del lugar. En general el preaviso mínimo es de 15 días, pudiéndose ampliar a 30 en el caso de empleados de una mayor cualificación técnica.
En el caso de que la extinción del contrato de trabajo se produzca por causas objetivas, se debe conceder al trabajador un plazo de preaviso de quince días, desde la entrega de la comunicación personal al trabajador hasta la extinción del contrato de trabajo. En el caso de que se produzca un despido colectivo el preaviso al trabajador debe ser de 15 días.
- Preaviso de la empresa en los casos de cambios en el contrato de trabajo o en los que se exija movilidad geográfica al trabajador
En el caso de que se produzcan cambios sustanciales en las condiciones del contrato de trabajo de un trabajador, deberá comunicársele con una antelación mínima de 15 días a la fecha de su efectividad.
En los casos de que se requiera al trabajador un cambio en la zona geográfica donde realiza su trabajo, la decisión de traslado deberá ser notificada por el empresario al trabajador, así como a sus representantes legales, con una antelación mínima de treinta días a la fecha de su efectividad.
En todo caso, para resolver cualquier duda al respecto, puede consultar al Departamento de Derecho Laboral de Grupo Alcázar y su equipo especializado de abogados en Málaga, Granada, y Madrid, resolverá sus dudas al respecto.