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El TC declara inconstituional algunos preceptos de la Plusvalía municipal

El TC declara inconstituional algunos preceptos de la Plusvalía municipal

Tal y como anunciamos hace tiempo desde ALCAZAR, la recuperación del pago realizado por la plusvalía municipal es posible para aquellos casos en los que hayamos transmitido por debajo del precio de adquisición del inmueble.

Finalmente el Tribunal Constitucional se ha pronunciado ante este tema, declarando que “en ningún caso podrá el legislador establecer un tributo tomando en consideración actos o hechos que no sean exponentes de una riqueza real o potencial” 

En otras palabras, ha declarado inconstitucional varios puntos de este impuesto local. El tribunal considera que el citado impuesto es contrario al principio de capacidad económica. En este sentido todas aquellas personas que hubieran vendido su casa por debajo de su precio de compra, tienen la posibilidad de pedir la devolución del llamado impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU). 

Por ello, si usted está en disposición de acreditar que la venta de algún inmueble o terreno de naturaleza urbana le ha generado algún tipo de minusvalía ya bien sea por compraventa o por adquisición “mortis causa”, en los últimos 4 años, ALCAZAR podrá ayudarle a recuperar la Plusvalía Municipal pagada.

No dude en consultarnos en caso de duda o aclaración adicional.

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