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Declaración de la Renta 2019

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Declaración de la Renta 2019

A pesar de todo lo acontecido durante estos días referente al COVID-19 y el estado de alarma en nuestro país, el Gobierno no ha decretado ningún aplazamiento ni suspensión sobre la Declaración de la Renta del 2019 para los contribuyentes, por lo que como cada año llegado estas fechas, tenemos que hablar de las principales novedades y del comienzo de la campaña de la Renta, así como la de Patrimonio.

Este año el plazo de presentación se iniciará el próximo 1 de abril y se alargará hasta el próximo 30 de junio, siendo el último día para su domiciliación el 25 de junio.

No obstante, desde principios de esta semana ya es posible descargarse los datos fiscales de cada uno de los contribuyentes desde la Sede Electrónica de la Administración.

Entre las principales novedades que encontramos para este año tenemos que destacar las siguientes:

·         La primera de ellas es la confirmación del domicilio fiscal de manera aislada a la declaración de la Renta; Sin dicha ratificación no será posible realizar ningún trámite relacionado con la declaración, ni inclusive acceder a los datos fiscales.

·         De manera general se mantiene para este 2019 la obligación de declarar a partir de los 22.000 euros anuales cuando existe un solo pagador. No obstante, se ha modificado para este ejercicio el mencionado límite cuando existen varios pagadores y el segundo o siguientes supera los 1.500 euros, estableciéndose el mismo en los 14.000 euros.

·         Por otro lado se ha aumentado la reducción por obtención de rendimientos del trabajo para aquellos contribuyentes con rentas más bajas.

·         Asimismo, otra de las novedades que presenta el modelo de este año es la creación de un nuevo anexo en la declaración de carácter voluntario, donde los contribuyentes podrán consignar el NIF de los proveedores de determinados gastos, así como el importe de los mismos. Esta medida tomada por la Administración intenta reducir los requerimientos y agilizar los trámites en la devolución de las Rentas.

·         Por último destacar el aumento del mínimo exento por premios en lotería y apuestas hasta los 20.000 euros.

De igual modo, debemos de mencionar que debido a las medidas extraordinarias que estamos teniendo, de momento solo está habilitada la presentación telemática mediante web o aplicación móvil y el servicio “Plan le llamamos” de la Agencia Tributaria.

De esta forma, desde Alcázar Abogados y Consultores nos ponemos a su disposición para asesorarle sobre cualquier trámite relacionado con su declaración de la Renta que precise. 

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