Recientemente, el pasado 12 de febrero de 2025 el Tribunal Supremo ha ratificado la absolución del administrador de una sociedad que había recibido mediante transferencia el importe de un millón de euros, y que había sido acusado de los delitos de blanqueo de capitales, estafa y organización criminal. En este procedimiento se vieron involucradas varias sociedades que participaron en un entramado financiero complejo, del que no resultó acreditado el conocimiento del origen ilícito del importe recibido en última instancia por el acusado.
Los hechos probados
La empresa administrada por el acusado, recibió un millón de euros de otra mercantil, a través de otra tercera empresa, mediante un contrato de préstamo con un interés del 7% anual con devolución del importe dinerario al año, sin que, transcurrido dicho periodo se hubiera efectuado devolución alguna.
Las acusaciones mantenían que el origen de dichos fondos provenían de actividades ilícitas. Mientras que la defensa del acusado sostuvo en todo momento el absoluto desconocimiento de su cliente respecto del origen de los fondos, encuadrando dicha operación en el marco de las actividades de financiación que llevaba a cabo el acusado en su negocio.
Durante la fase de prueba del juicio oral la prueba se centró en torno a un dispositivo electrónico, un iPad, incautado por la Policía durante sus registros, sin que se pudiera certificar de manera fehaciente la correspondencia entre las conversaciones contenidas en el dispositivo y lo transcrito durante la investigación policial, así como la falta de identificación precisa del iPad a través de la referencia del IMEI. Todo ello reforzó las dudas sobre la integridad y fiabilidad de dichas pruebas.
Se absuelve al acusado de blanqueo de capitales debido a la falta de pruebas concluyentes que demuestren su conocimiento sobre la ilicitud de los fondos recibidos. Pese a que por el Tribunal se considerase que podrían existir indicios del origen ilícito de los fondos, el Supremo consideró que no se había alcanzado el umbral probatorio necesario para una condena a pesar de las sospechas sobre la propia dinámica de la operación de préstamo y la falta de devolución del mismo.
Clave del proceso: la falta de acreditación del conocimiento del origen ilícito, pese a la constatación del mismo.
Este caso demuestra la importancia de una defensa penal estratégica en delitos económicos tales como el de blanqueo de capitales y estafa.
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