Un año más ha llegado la campaña de renta de la Agencia Tributaria, que se inició el pasado 5 de abril y discurrirá hasta el próximo 30 de Junio.
Como novedad principal de esta campaña destacamos la desaparición final del denominado “Programa padre” y la implantación en su lugar del programa Renta Web por parte de la AEAT, a través del cual deberán presentar todos los obligados tributarios sus declaraciones este 2017.
A las dudas habituales sobre nuestros rendimientos del trabajo y en especie, los rendimientos de capital mobiliario e inmobiliario, las deducciones que nos podemos aplicar o simplemente si estamos en la obligación de presentar declaración ante la Administración, este añose unen algunas novedades motivadas por la reforma fiscal que pudieran ser conflictivas para nuestra declaración, algunos ejemplos son:
· Las sociedades civiles, que desde el 1 de enero de 2016 tributan en el Impuesto sobre Sociedades y por tanto, no lo harán en atribución de rentas como venía siendo habitual.
· Las devoluciones que hayamos obtenido por los casos de la cláusula suelo de la hipotecas.
· El tratamiento que le debemos dar a primas por seguros de enfermedad, dividendos o scrip dividend…
· Las deducciones por familia numerosa y el nuevo trámite a aplicar.
Por ello, si usted está tiene alguna duda en referencia a su declaración de la renta o derechos y obligaciones sobre la misma, ALCAZAR podrá ayudarle en todo lo que necesite. No dude en consultarnos en caso de necesitar cualquier aclaración adicional.