Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.

Refinanciación de las empresas mediante la Disposición Adicional 4º de la Ley Concursal

Refinanciación de las empresas mediante la Disposición Adicional 4º de la Ley Concursal


La Disposición Adicional 4º de la Ley Concursal permite a las empresas optimizar su financiación, alcanzando un acuerdo con sus acreedores que representen el 60% del pasivo financiero, siendo dicho acuerdo vinculante incluso para los acreedores financieros no firmantes del mismo.
Dicha norma entró en vigor el pasado 9 de marzo, y en fecha 1 de julio se homologaron judicialmente dos acuerdos de refinanciación de dos clientes de ALCAZAR ABOGADOS.
Es uno de los primeros acuerdos de España, cuya homologación se acoge a la nueva normativa aplicable.

 

Facebook
LinkedIn
X/Twitter
WhatsApp
Ir al contenido
This site is registered on wpml.org as a development site. Switch to a production site key to remove this banner.