COMPLIANCE. PROGRAMAS DE CUMPLIMIENTO NORMATIVO.
Dentro de la operativa empresarial, pueden surgir riesgos que impliquen el incumplimiento de la normativa, incluso llegando a constituir delitos penales. Desde la reforma del Código Penal en 2010, las personas jurídicas pueden ser responsables penalmente por acciones ilícitas cometidas por sus administradores, directivos o empleados. Para evitar estas sanciones, es crucial tener en cuenta el propio Código Penal, las normativas UNE relevantes y la jurisprudencia pertinente.
¿CUÁNDO RESPONDERÁ LA PERSONA JURÍDICA?
La responsabilidad de una persona jurídica por delitos establecidos en el Código Penal puede surgir si el delito fue cometido por un representante legal y beneficia directa o indirectamente a la empresa. También puede ser responsable si el delito fue cometido por empleados en el ejercicio de sus funciones y en beneficio de la empresa, y si la empresa ha incumplido sus obligaciones de supervisión y control. Las penas para la persona jurídica pueden incluir multas e incluso la disolución.