ajax-login-script **
tx-scripts **
isotope **
imagesloaded **
magnific-popup **
flexslider **
buttonizer_frontend_javascript **
contact-form-7 **
jquery **
tp-tools **
revmin **
tx-main-scripts **
bootstrap **
owl-carousel **
lightslider **
cookieconsent **
wp-block-library ||
wp-block-library-theme ||
tx-style ||
magnific-popup ||
flexslider ||
buttonizer_frontend_style ||
buttonizer-icon-library ||
contact-form-7 ||
rs-plugin-settings ||
uaf_client_css ||
parent-style ||
child-style ||
bootstrap ||
tx-main ||
font-awesome-4 ||
fontawesome ||
line-awesome ||
owl-carousel ||
lightslider ||
redux-google-fonts-tx ||

Login

Lost your password?
Don't have an account? Sign Up
PROTOGOLO LGTBI Y CAMBIO DEL PLAN DE IGUALDAD, Alcázar Abogados - Expertos reestructuraciones empresariales o societarias.

PROTOGOLO LGTBI Y CAMBIO DEL PLAN DE IGUALDAD

El puzle de normativa laboral en materia de igualdad en los últimos años se ha complicado sobremanera. Y el hecho de contener distintas obligaciones diseminadas en distinta normativa conlleva diversos problemas (lagunas, inseguridad jurídica e incluso incoherencias) 

La nueva e inesperada  Ley 4/2023, conocida como Ley Trans, en vigor desde el jueves 2 de marzo impone nuevas obligaciones para las empresas de más de 50 trabajadores, como la necesidad de contar con un protocolo específico para evitar la discriminación de los trabajadores LGTBI y sus familias, un protocolo que deberá ser negociado con la representación de los trabajadores. 

Dicho protocolo debe estar acordado y en funcionamiento en el plazo de un año y debe incluir todos las medidas y recursos ofrecidos por la empresa para garantizar la igualdad del colectivo LGTBI, así como las medidas que pondría en práctica la compañía para prevenir, detectar y actuar ante un caso de acoso o violencia ante estos trabajadores. 

La controversia de este protocolo específico,  deriva de que las empresas deberán modificar sus planes de igualdad. «En la elaboración de los planes de igualdad y no discriminación se incluirá expresamente a las personas trans, con especial atención a las mujeres trans». Para ello, el Ministerio de Igualdad se compromete a desarrollar un reglamento que articule como llevar a cabo dicha Ley.  

Asimismo, La Ley 4/2023 indica que: “A través del Consejo de Participación de las personas LGTBI se recopilarán y difundirán las buenas prácticas realizadas por las empresas en materia de inclusión de colectivos LGBTI y de promoción y garantía de igualdad y no discriminación por razón de las causas contenidas en esta ley”. 

En definitiva,  el Plan LGTBI: 

-Es obligatorio para empresas de más de 50 personas trabajadoras en plantilla. 

-Debe incluir un protocolo anti-acoso. 

-Deberá ser pactado a través de la negociación colectiva y acordado con la representación legal de las personas trabajadoras. 

-Tendrá que incluir medidas para lograr la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI. 

-El contenido y su alcance se van a desarrollar reglamentariamente. 

En todo caso, para resolver cualquier duda al respecto, puede consultar al Departamento de Derecho Laboral de Grupo Alcázar y su equipo especializado de abogados en Málaga, Granada, y Madrid, resolverá sus dudas al respecto.