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PROTOGOLO LGTBI Y CAMBIO DEL PLAN DE IGUALDAD

PROTOGOLO LGTBI Y CAMBIO DEL PLAN DE IGUALDAD

El puzle de normativa laboral en materia de igualdad en los últimos años se ha complicado sobremanera. Y el hecho de contener distintas obligaciones diseminadas en distinta normativa conlleva diversos problemas (lagunas, inseguridad jurídica e incluso incoherencias) 

La nueva e inesperada  Ley 4/2023, conocida como Ley Trans, en vigor desde el jueves 2 de marzo impone nuevas obligaciones para las empresas de más de 50 trabajadores, como la necesidad de contar con un protocolo específico para evitar la discriminación de los trabajadores LGTBI y sus familias, un protocolo que deberá ser negociado con la representación de los trabajadores. 

Dicho protocolo debe estar acordado y en funcionamiento en el plazo de un año y debe incluir todos las medidas y recursos ofrecidos por la empresa para garantizar la igualdad del colectivo LGTBI, así como las medidas que pondría en práctica la compañía para prevenir, detectar y actuar ante un caso de acoso o violencia ante estos trabajadores. 

La controversia de este protocolo específico,  deriva de que las empresas deberán modificar sus planes de igualdad. «En la elaboración de los planes de igualdad y no discriminación se incluirá expresamente a las personas trans, con especial atención a las mujeres trans». Para ello, el Ministerio de Igualdad se compromete a desarrollar un reglamento que articule como llevar a cabo dicha Ley.  

Asimismo, La Ley 4/2023 indica que: “A través del Consejo de Participación de las personas LGTBI se recopilarán y difundirán las buenas prácticas realizadas por las empresas en materia de inclusión de colectivos LGBTI y de promoción y garantía de igualdad y no discriminación por razón de las causas contenidas en esta ley”. 

En definitiva,  el Plan LGTBI: 

-Es obligatorio para empresas de más de 50 personas trabajadoras en plantilla. 

-Debe incluir un protocolo anti-acoso. 

-Deberá ser pactado a través de la negociación colectiva y acordado con la representación legal de las personas trabajadoras. 

-Tendrá que incluir medidas para lograr la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI. 

-El contenido y su alcance se van a desarrollar reglamentariamente. 

En todo caso, para resolver cualquier duda al respecto, puede consultar al Departamento de Derecho Laboral de Grupo Alcázar y su equipo especializado de abogados en Málaga, Granada, y Madrid, resolverá sus dudas al respecto.

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