El pasado 20 de octubre, se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Orden HAP/2178/2015, de 9 de octubre, por la que se eleva el límite exento de la obligación de aportar garantías en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento a 30.000 euros.
Por tanto, con esta medida el límite para solicitar aplazamiento sin garantía sube de 18.000 euros a 30.000 euros.
Esta medida supone para el contribuyente una clara reducción de cargas indirectas, dado que la solicitud de aplazamiento se puede tramitar de forma más sencilla y rápida, y el solicitante no tiene que asumir los costes derivados de la solicitud de avales, hipotecas y otras garantías.
Con esta medida la Administración pretende mejorar las condiciones para la concesión de aplazamientos que refuerza con la bajada del tipo de interés de demora, el que rige para las deudas aplazadas, a un 3,75% para el ejercicio 2016.