El viernes 12 de marzo se aprobó por el Consejo de Ministros la nueva moratoria concursal hasta el próximo mes de diciembre. Esto provoca que las empresas que estén en situación de insolvencia no tengan la obligación de presentar Concurso de Acreedores hasta diciembre de 2021, y se puedan beneficiar en este tiempo de las ayudas directas del Gobierno.
Además, esta medida supone que no se admitirán las solicitudes de los concursos necesarios, es decir, aquellos solicitados por los acreedores.
En consecuencia, las empresas que se encuentren en una situación económica inestable cuentan con mayor tiempo para poder abordar procesos de reestructuración societaria o llegar a cerrar acuerdos de refinanciación con entidades bancarias que consigan mejorar su situación económica.
No obstante lo anterior, esta nueva prórroga puede no ser la solución para algunas empresas que ya se encuentren en situación de insolvencia y que este aplazamiento le pueda suponer llegar sin activos suficientes con los que hacer frente a su deuda, por lo que no tendrá más remedio que solicitar el concurso de acreedores y su liquidación al mismo tiempo sin posibilidad de pago a los acreedores.
También favorecerá la aparición de empresas zombis que no generen actividad pero que sí se puedan beneficiar de ayudas del Estado, esta situación provocará la acumulación de deuda e impagos pudiendo arrastrar a otras empresas al concurso.
Por tanto, la clave estará en poder aprovechar el tiempo concedido por el Gobierno para poder iniciar actuaciones de reestructuración y así equilibrar el patrimonio empresarial y poder llegar a acuerdos con acreedores o entidades bancarias para solventar la situación de crisis empresarial, la inacción no debe ser en ningún caso una alternativa.
Autor: Departamento de Derecho Concursal
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