CASO DE ÉXITO: SECTOR INMOBILIARIO
El Departamento de Reestructuraciones y Adquisiciones de Grupo Alcázar ha asesorado en la ejecución de una operación de inversión de gran calibre en el sector inmobiliario, llevando a cabo
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Nuestro cliente, director de empresa con funciones relevantes y de alta responsabilidad, acude a nosotros en una situación difícil, ya que encontrándose afectado por enfermedad crónica y en situación de Incapacidad Temporal, se le había denegado la declaración de Incapacidad Permanente en cualquiera de sus grados al “no ser suficientes las lesiones objetivas para ser constitutivas de incapacidad permanente”, según el criterio del Equipo público de Valoración.
La peculiaridad del caso estribaba en las secuelas padecidas: NEURALGIA DE ARNOLD, SÍNDROME DE SENSIBILIZACIÓN CENTRAL Y SÍNDROME DE FÁTIGA CRÓNICA EN GRADO III/IV. Tales problemas daban lugar a importantes limitaciones anatómicas y funcionales en el afectado: artromialgias, disomnia, fatigabilidad precoz, cefaleas intensas tipo descarga eléctrica, etc.
Este caso representó un especial reto para nosotros debido a los nulos supuestos de éxito existentes en el reconocimiento de una Incapacidad Permanente Absoluta derivada de secuelas análogas, fundamentalmente en relación con el síndrome de fatiga crónica. Esta última es una enfermedad incomprendida, de difícil diagnóstico, con causa desconocida y cuyo tratamiento es únicamente sintomático. Pues bien, el Instituto Nacional de la Seguridad Social no reconocía en este caso ni si quiera una incapacidad permanente total para la profesión habitual por lo que no es difícil imaginar el grado severo de afectación que nuestro cliente tenía en su actividad diaria profesional como directivo de empresa y las escasas expectativas personales que nos planteaba a futuro.
Fue preciso realizar un estudio exhaustivo de dicha enfermedad - apoyado en el criterio de facultativos-, sus dolencias, estadios o grados y las limitaciones funcionales que en cada caso pueden presentarse, todo ello sostenido asimismo en un análisis profundo de la jurisprudencia recaída acerca de enfermedades análogas, realizando en nuestra demanda una exposición clara acerca de la situación del cliente y la importante limitación de sus capacidades laborales.
Tras la tramitación de todo el procedimiento tanto en vía administrativa como en vía judicial, éste finalizó con el pronunciamiento de un Juzgado de lo Social de Granada estimatorio de todas nuestras pretensiones frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social. Dicha Sentencia reconocía, no sólo que las dolencias padecidas por nuestro cliente eran acreedoras de una situación de Incapacidad Permanente Total para la profesión habitual, sino que declaró a nuestro demandante afecto a una Incapacidad Permanente Absoluta para toda profesión u oficio, reconociendo una pensión vitalicia equivalente al 100% de su base reguladora. Según la información de la que disponemos, se trata de una Sentencia pionera en nuestro país en relación con el grado de incapacidad laboral de los pacientes afectados del denominado síndrome de fatiga crónica.
Nuestro equipo de profesionales podrán asesorarte en todo lo que necesites.
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