El pasado jueves, el Tribunal Constitucional anuló por unanimidad la Amnistía fiscal llevada a cabo en el año 2012 eufemísticamente llamada Declaración Tributaria Especial (DTE).
Recordemos que todos aquellos obligados tributarios que se acogieron a la misma tributaron al 10% para regularizar aquellas rentas ocultas.
La sentencia del Tribunal Constitucional declara nula e inconstitucional el instrumento normativo excepcional utilizado, el Decreto-ley, por contradecir 86.1 de la Constitución española, además de afectar al 31.1 esto es los principios de igualdad y progresividad.
A efectos prácticos no tiene consecuencias para todos aquellos obligados tributarios que se acogieron a la misma, ya que salvo aquellas que estén o hayan estado en fase de comprobación la DTE presentada estaría ya prescrita.